a) Obligaciones y derechos del Municipio:
* El municipio, a través de la Secretaria de Producción, Comercio y Ambiente dependiente de la Jefatura de Gabinete, será el encargado de suministrar al comercio la identificación para la puerta del comercio.
* El municipio está encargado de la publicidad del programa “Somos A”, quedando sujeto a la estrategia elaborada en la Secretaria de Producción, Comercio y Ambiente, los diferentes mecanismos de difusión.
* El municipio estará a cargo de la inscripción y entrega de la tarjeta a los vecinos de Avellaneda por intermedio de la Secretaria de Producción, Comercio y Ambiente.
* El municipio se compromete a someter a un arbitraje administrado por el área de Defensa al Consumidor, cualquier reclamo que sea presentada por los titulares de la tarjeta, en relación al tipo o cuantía de las ventajas, productos o servicios ofertados por este medio.
* La tarjeta será entregada de forma gratuita por el municipio.
* El municipio se reserva el derecho de no aceptar las ofertas que por su contenido y características no estén acorde con los objetivo del programa.
b) Obligaciones y derechos de los comerciantes que adhieran al Programa:
* La adhesión al sistema de descuentos por parte de los comercios debe ser anual y se inscribirá en un Registro habilitado por la Secretaria de Producción, Comercio y Ambiente.
* El comerciante voluntariamente podrá cancelar su inscripción con 30 días de previo aviso.
* El sistema de descuentos ofrecido por los comerciantes se renovará de forma bimestral. Los descuentos deberán ser sobre grupos de productos; ej. 20 % de descuentos en bebidas. O 10% de descuento en todos los productos. Hasta agotar stock.
* Los comerciantes que se beneficien con descuentos ofrecidos por los proveedores de la red, deberán aplicar dichos descuentos a los mismos productos con el fin de trasladar el beneficio al consumidor final.
* Los descuentos pueden ser por un grupo de días a la semana: Ej. 20 % de descuentos los martes y jueves en remeras y camisas.
* Los cambios (baja de un beneficio por otro) pueden realizarse cada 60 días.
* Cada comercio deberá estar identificado con cartelería suministrada por el Municipio, conteniendo el descuento visible al público.
* El porcentaje mínimo de descuento en los comercios cuya superficie total sea menor a 800 m2 será del 10%. En casos de comercios con superficie total superior a 800 m² y en todos aquellos cuyo último valor de facturación mensual declarado para la liquidación de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene sea superior al 400% (cuatrocientos por ciento) del valor mínimo establecido por la Ordenanza Impositiva vigente en concepto de Derecho de Habilitación, el porcentaje de descuento mínimo no podrá ser inferior al 20%, pudiendo realizar promociones con otra metodología como el 2x1, siempre y cuando respete los porcentajes mínimos según cada tipo de comercio.
* La forma de pago del beneficio será en efectivo y/o con tarjeta de débito y/o cédito, pudiendo incorporar otras formas de pago optativamente.